Derechos del cónyuge cuando no existe testamento

Derechos del cónyuge cuando no existe testamento

Contar con los servicios de un bufete especializado en Derecho Civil Santa Cruz de La Palma es de gran ayuda en muchos casos, como cuando fallece uno de los integrantes de un matrimonio. La sucesión se rige por lo que indica el testamento de la persona finada y si no hay, se rige por lo establecido en la legislación.

Hay que tener en cuenta que no a todos los ciudadanos se les aplica el Código Civil dado que hay algunas zonas de España que tienen legislación foral propia que afecta a las herencias.

Qué derechos tiene el cónyuge

A pesar de todo, el cónyuge viudo cuenta con derecho a determinados bienes, sin tener en cuenta otras circunstancias. Uno de ellos es el derecho al ajuar doméstico de la vivienda conyugal.

En el artículo 1.321 del Código Civil, podemos leer: "Fallecido uno de los cónyuges, las ropas, el mobiliario y enseres que constituyan el aguar de la vivienda habitual común de los esposos se entregarán al que sobreviva, sin computárselo en su haber. No se entenderán comprendidos en el ajuar las alhajas, objetos artísticos, históricos y otros de extraordinario valor".

El otro de los derechos a los que tiene el cónyuge sobreviviente es el derecho al usufructo del tercio destinado a mejor, si concurre a la herencia con descendientes. En caso de que concurra con ascendientes tendrá derecho al usufructo de la mitad de la herencia. Si no existen descendientes ni ascendientes pero sí hay herederos, el cónyuge tendrá derecho al usufructo de los dos tercios de la herencia.

 

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