El delito de quebrantamiento de condena
Cuando nos referimos al delito de quebrantamiento de condena nos estamos refiriendo a un hecho que es punible y que suele atentar contra la función jurisdiccional del cumplimiento de lo juzgado en el ámbito penal, a casos similares estamos acostumbrados a tratar día tras día en este bufete especializado en derecho penal en Santa Cruz de La Palma.
Este quebrantamiento incluye:
- Las medidas de seguridad.
- El incumplimiento de las penas de prisión.
- Las medidas cautelares que suelen ser impuestas por los tribunales en el ámbito penal.
Este delito aparece regulado en el código penal, capítulo VIII del título XX que está dedicado a los delitos contra la Administración de Justicia.
El artículo 468 castiga a aquellas personas que violen lo siguiente:
- Las condenas.
- Las medidas de seguridad.
- Las penas de prisión.
- La conducción.
- La custodia policial.
Este delito suele englobar cualquier quebramiento de pena, a excepción de los comisos y de las multas que son regidas por normas especiales.
Los que se encontraban privados de libertad, serán castigados con pena de prisión y los demás casos con pena de multas.
Agravado del delito de quebrantamiento de condena (tipos)
Será grave el quebrantamiento de condena cuando las personas sentenciadas o los presos se hayan fugado del sitio donde estos se encontraban encarcelados. También:
- Cuando hayan utilizado la intimidación o la violencia en las personas.
- Cuando se utilice la fuerza en las cosas.
- Cuando estos tomen parte de un motín.
Favorecimiento del quebrantamiento
Si una persona colabora o ayuda en la evasión de un preso, condenado o detenido este será sancionado según lo previsto en el artículo 470. Se impondrá una pena igual a la del delito o quebrantamiento que ha realizado el propio detenido.